Sección 1

Los estudiantes tienen la obligación de conocer, obedecer, respetar y cumplir -en todas sus partes- los mandatos, las regulaciones contenidas en los Estatutos Institucionales, los boletines de información, el Manual del Estudiante, las Reglas de Estudiantes y otras órdenes administrativas publicadas así como las comunicaciones orales Órdenes o instrucciones transmitidas por funcionarios, profesores o personal de las instituciones.


Sección 2

El uso de bebidas alcohólicas, estimulantes, narcóticos y todo tipo de sustancias controladas no autorizadas está absolutamente prohibido dentro de la universidad y cualquier actividad patrocinada por la institución. Esta prohibición se extiende a las actividades oficiales extramuros patrocinadas por la institución oa las que un estudiante que representa a la institución ha sido invitado a participar. También está prohibido asistir o participar en actividades universitarias bajo los efectos de narcóticos, estimulantes o depresivos. (Ver Política Institucional sobre Drogas y Alcohol)


Sección 3

Los estudiantes no deberán patrocinar la entrada a instalaciones universitarias de personas no conectadas a la universidad, a menos que dichas personas vayan a un negocio oficial o como parte de una actividad institucional legítima.


Sección 4

Se prohíbe la distribución o colocación de avisos, folletos, carteles, artículos promocionales, material informativo o cualquier otro tipo de comunicación escrita, o hacer uso de altavoces en los locales de la institución sin la autorización del Director del Campus.


Sección 5

Los estudiantes están obligados a leer diariamente los anuncios oficiales y boletines publicados en los tablones de anuncios. Todos los anuncios, carteles u otros materiales escritos se publicarán solo en los tablones de anuncios y serán autorizados por el Director del Campus. Cualquier publicación patrocinada por estudiantes o grupos de estudiantes reconocidos deberá obtener el sello y la firma del Director del Campus. Cualquier información que no cumpla con este requisito será retirada de los tablones de anuncios sin previo aviso.


Sección

El uso de las instalaciones físicas de la institución para actividades estudiantiles se otorgará a través del Director del Campus en coordinación con el Gerente de Operaciones.


Sección 7

Se prohíben todas las marchas, concentraciones, piquetes u otras manifestaciones en los terrenos y edificios bajo la jurisdicción de las instituciones. Ninguna persona o grupo podrá improvisar mítines, utilizar altavoces o megáfonos, distribuir material impreso ni convocar reuniones por motivos ajenos a las actividades institucionales, sin la autorización por escrito del Director del Campus.


Sección 8

Para que la institución pueda llevar a cabo con éxito su labor docente y administrativa, es necesario que en todo momento haya un ambiente adecuado para estudiar en los terrenos y edificios bajo su jurisdicción.


  1. Reunirse y hablar en un tono alto de voz cerca de aulas, oficinas de trabajo, pasillos, y todas aquellas áreas cercanas a ellos.
  2. Corriendo por los pasillos y formando grupos en las aulas que no están en uso.
  3. Producción de cualquier tipo de ruido con vehículos, radios o radios portátiles, especialmente aumentando el volumen en los altavoces, motores en marcha o ruido producido por una velocidad excesiva.
  4. Improvisación de grupos con instrumentos musicales que perjudiquen el trabajo realizado en las aulas y oficinas de trabajo de los administradores.
  5. Llevar beepers, teléfonos celulares o artículos eléctricos en las aulas que producen ruido que interfiere con el proceso de enseñanza. Si estos elementos están en la posición "On", deben estar programados para el modo silencioso, y deben llevarse con la autorización del profesor.
  6. Entrar en aulas y bibliotecas acompañadas de niños o menores que puedan interferir con las actividades docentes o dejar a los menores sin supervisión de un adulto o en instalaciones institucionales que puedan implicar riesgos para su seguridad.


Sección 9

Todos los estudiantes deben cooperar para mantener las instalaciones institucionales en buen estado y limpias. Para ello, deben evitar tirar papeles en el suelo o en el suelo, poner los pies en las paredes, sentarse en las mesas de los estudiantes, escribir en las paredes, en los baños, en las puertas u otros lugares. Se debe prestar especial atención a mantener limpios los baños y todas las demás instalaciones de uso común.


Sección 10

Cualquier estudiante que, intencionalmente o por descuido y / o negligencia, destruya o dañe la propiedad institucional estará obligado a reembolsar el costo de dicho objeto destruido o dañado, oa contribuir con la cantidad del daño causado, independientemente de cualquier acción disciplinaria tomada.


Sección 11

Los siguientes actos u omisiones constituyen faltas y / o incumplimiento de las normas esenciales de buen orden y coexistencia institucional, así como sanciones disciplinarias que pueden conducir a la expulsión de la institución:


  1. Falta de honestidad, incluido el fraude y el plagio, en relación con el trabajo académico o cualquier acción que conduzca a él.
  2. Fraude, tergiversación o cualquier acción que le lleve, en la terminación de la solicitud de admisión, solicitud de ayuda financiera, y otros documentos oficiales.
  3. Alteración o falsificación de identificación, calificaciones, registros, tarjetas de identificación y otros documentos oficiales.
  4. Cualquier conducta que interrumpa la paz y la tranquilidad del aula o de cualquier otro lugar de la universidad o de sus instalaciones, tales como gritos, comportamiento ofensivo, peleas, provocaciones o lenguaje grosero, profano u obsceno.
  5. Cualquier conducta que cause o conspire causar daño malicioso a la propiedad institucional oa cualquier otra propiedad dentro de los locales de la institución, o fuera de ellos en las actividades oficialmente autorizadas.
  6. Organizar o participar en colecciones dentro de las instalaciones de las instituciones o instalaciones adyacentes, excepto con el permiso escrito del Director del Campus.
  7. Uso, posesión o distribución de drogas, alucinógenos, estupefacientes o bebidas alcohólicas en los locales, instalaciones físicas y otras dependencias de las instituciones.
  8. La falta de respeto, los insultos, las amenazas, las humillaciones, el asalto o la intención de asalto de funcionarios, profesores, personal o estudiantes de la institución.
  9. La posesión de armas, según se define en la Ley de la Florida, dentro de las instalaciones de la institución, así como cualquier actividad patrocinada por la institución.

    Esta prohibición es aplicable incluso a los estudiantes que pueden poseer permisos para portar armas bajo las leyes de Florida, excepto en los casos en que los estudiantes sean guardias de seguridad u otros agentes encargados de orden público, debidamente autorizados por las leyes de la Florida o del Condado, No está expuesto. Los miembros de la fuerza de policía vestidos de civil deben llevar sus armas ocultas para que queden fuera de la vista (de acuerdo con las regulaciones del Departamento de Policía).
  10. Desobediencia o negativa a cumplir las instrucciones dadas por personal institucional que actúa en sus funciones oficiales, incluidas las áreas de estacionamiento.
  11. Violación y condena, bajo el estatus de estudiante, de las leyes de Florida / Condado, tales como:
    1. Ley de Explosivos
    2. Ley de Armas de Florida
    3. Ley de Sustancias Controladas
    4. Felonías contra una persona o propiedad, o cualquier acto que implique privación moral.
    5. Cualquier acto delincuente en cualquier edificio, premisa o facilidad de la institución.
    6. "Ant Act" u omisión clasificado por ley como un delito grave.
    7. Hostigamiento Sexual.
  12. Participar en propaganda u otras actividades de carácter político dentro de la institución.
  13. Utilizar equipo informático institucional para acceder a páginas de Internet, correo electrónico u otros medios con el fin de obtener y distribuir material pornográfico u otro material ajeno a la actividad académica.
  14. Los recursos informáticos de la institución y su utilización constituyen un privilegio que requiere que el usuario estudiante actúe de acuerdo con las regulaciones de la institución. Los usuarios deben respetar la integridad de las instalaciones informáticas, así como los derechos de otros usuarios, y cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables (estatales, federales e internacionales), así como cualquier acuerdo contractual requerido para el uso de dichas instalaciones. La institución se reserva el derecho de limitar, restringir o denegar los privilegios por el uso de instalaciones informáticas y el acceso a sus bancos de datos de información a aquellos estudiantes que violen las regulaciones institucionales aplicables. Las leyes de la Florida y de los Estados Unidos en cuanto a la protección de la propiedad intelectual se aplicarán al entorno cibernético y electrónico y deberán ser cumplidas por los usuarios autorizados de las instalaciones informáticas de la institución.
  15. TLas instalaciones informáticas de la institución, incluyendo hardware y software, no pueden ser utilizadas para actividades impropias o aquellas que puedan constituir una violación del derecho penal o que infrinjan los derechos de propiedad y autoría protegidos por las leyes aplicables. Esta prohibición se extiende al acceso a hardware o software sin autorización adecuada, uso inadecuado o corrupción intencional de instalaciones informáticas, apropiación ilegal de dichas instalaciones informáticas, o su uso para cometer un crimen, obtener o distribuir material pornográfico, utilización de hardware y software para uso pornográfico Propósitos o acoso o discriminación racial, étnico o religioso. Cualquier violación de estas disposiciones será manejada por las autoridades institucionales apropiadas y por las autoridades estatales y federales y las agencias gubernamentales pertinentes.
  16. Los recursos informáticos o instalaciones no pueden ser utilizados para llevar a cabo actividades comerciales no autorizadas o ilegales. Esto incluye el uso para fines exclusivamente personales y privados de los estudiantes, sin relación con su trabajo o funciones académicas, así como aquellos destinados a generar ingresos o ganancias personales. Las instalaciones informáticas de la institución se proporcionan para llevar a cabo tareas relacionadas con la misión y el propósito de la universidad. Algunas instalaciones informáticas pueden haber sido dedicadas a la investigación o usos específicos para la enseñanza de los objetivos que limitan su uso.
  17. Acceso intencional al sistema informático de la institución por personas no autorizadas, incluida la información de números de cuenta pertenecientes a otras personas, o informar el número de cuenta o la contraseña de un estudiante o profesor a un tercero; Interrumpir o impedir el acceso al sistema informático, la red o las carpetas, ya sea mediante el colapso de una red o de un sistema público; Introducir un virus en la red o en el sistema informático y alterar o averiguar el número de cuenta o la contraseña de otros usuarios sin autorización, entre otros.

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